Sección 07
Mercados grises
La mercancía es lícita; el canal no lo es.
Mercados grises: bienes lícitos en canales que no están autorizados
Un mercado gris es un mercado en el que el producto es perfectamente legal y su recorrido no lo es. Es la categoría que más a menudo se escapa de los relatos sobre el contrabando, porque no comporta ni mercancía prohibida ni ocultación: el cargamento es exactamente el que anuncia el manifiesto, y lo que falta es un impuesto abonado, una licencia, o una autorización válida allí donde el bien se vende.
Cuatro formas, un mismo mecanismo
- El tabaco ilícito. La diferencia de tributación entre jurisdicciones vecinas crea un margen sin que sea necesaria ninguna transformación. El producto no cambia; solo cambia su situación fiscal al cruzar la frontera.
- La falsificación. El caso en que el producto sí no es lo que pretende ser. Viaja en los mismos contenedores y corresponde a autoridades distintas, lo que explica que una misma incautación dé lugar a veces a dos procedimientos sin relación.
- El comercio desviado. Bienes auténticos destinados a un mercado, revendidos en otro fuera de la red autorizada: corriente en los medicamentos y las piezas de repuesto, donde la trazabilidad del lote es también una cuestión de seguridad.
- Los servicios en línea no autorizados. Ofrecidos desde una jurisdicción en la que son lícitos a usuarios de una jurisdicción en la que exigen una licencia ausente. El control pasa por el pago y por el acceso antes que por la frontera.
Por qué la aplicación se apoya en registros
Ninguna de esas cuatro formas se detecta mediante la inspección física de la mercancía. Un inspector que abre un contenedor de cigarrillos auténticos ve cigarrillos auténticos; lo que falta es una anotación. La aplicación depende, por tanto, de la capacidad de cotejar registros —declaración de exportación, declaración de importación, licencia, liquidación bancaria— conservados por instituciones distintas en jurisdicciones distintas, que es exactamente el problema que plantean las finanzas ilícitas.
Es también la razón por la que este ámbito es aquel en el que el dato jurídico registrado en este sitio resulta menos directamente aplicable. Los cuatro instrumentos seguidos no se refieren a los mercados grises; las obligaciones llegan indirectamente, por la delincuencia organizada y por el blanqueo. Lo que sigue siendo verificable y fechado por jurisdicción es la posición convencional y los textos nacionales confirmados — véase el índice de jurisdicciones.
La relación con el resto del asunto
Un mercado gris no es un asunto menor adyacente a los tráficos mayores: es el mismo circuito con menos riesgo. Los mismos corredores, los mismos transitarios y los mismos documentos llevan los cigarrillos sin impuestos y los estupefacientes, y el producto financiero de ambos vuelve por las mismas relaciones. La diferencia es la pena en que se incurre, lo que lo convierte en un punto de entrada antes que en una alternativa. Los mecanismos financieros están en finanzas ilícitas, y la estructura del comercio en qué son los flujos ilícitos.
Preguntas sobre los mercados grises
¿Qué es un mercado gris?
Un mercado en el que la mercancía es lícita y el canal no lo es. Unos cigarrillos, unos medicamentos, unas piezas de repuesto o un servicio en línea pueden ser perfectamente legales y circular sin embargo fuera del circuito autorizado: sin que se abone el impuesto especial, sin licencia de importación, o fuera del territorio donde la licencia vale. La cuestión casi nunca es la legalidad en sí sino la autorización en un lugar determinado.
¿En qué se diferencia esto de la falsificación?
La falsificación afecta al producto: no es lo que pretende ser. El mercado gris afecta al circuito: el producto es auténtico y es su recorrido el que elude un control. Ambos se cruzan a menudo en el mismo contenedor y corresponden a autoridades distintas: el primero a una acción de propiedad intelectual o a un delito, el segundo por lo general a un procedimiento aduanero o fiscal.
¿Por qué ocupa tanto espacio el tabaco ilícito?
Porque la diferencia de tributación entre jurisdicciones vecinas crea un margen sin que sea necesaria ninguna transformación. El producto no cambia, solo cambia su situación fiscal al cruzar una frontera, y el margen basta para financiar una logística dedicada. Es el caso más puro de un flujo ilícito hecho enteramente de una diferencia reglamentaria.
¿Qué abarcan los servicios en línea no autorizados?
Servicios ofrecidos desde una jurisdicción en la que son lícitos a usuarios situados en una jurisdicción en la que exigen una licencia que el prestador no tiene. El servicio en sí no está falsificado y la operación es abierta; lo que falta es la autorización territorial. El control pasa, por tanto, por el pago y por el acceso antes que por la frontera física, lo que hace de este un ámbito en el que la aplicación depende de intermediarios privados más que de una aduana.
¿Corresponde este ámbito a los mismos convenios?
Solo en parte, y de forma indirecta. Ninguno de los cuatro instrumentos que aquí se siguen se refiere a los mercados grises como tales; las obligaciones aplicables llegan por la Convención contra la delincuencia organizada cuando la conducta es organizada y por las disposiciones sobre blanqueo cuando el producto circula. Lo que se registra por jurisdicción sigue siendo la posición convencional y los textos confirmados: 91 de los 106 expedientes llevan al menos un texto nacional confirmado.