Sección 04
Finanzas ilícitas
Referencia convencional de los 106 expedientes de jurisdicción.
Finanzas ilícitas: blanqueo transfronterizo y beneficiarios finales
Las finanzas ilícitas designan los movimientos de valor a través de las fronteras que se ganan ilegalmente, se transfieren ilegalmente o se emplean ilegalmente. La expresión recubre tres cosas a la vez —el producto del delito, el de la corrupción y flujos comerciales que eluden el impuesto o el control de cambios— y la mayoría de los desacuerdos sobre la magnitud del fenómeno son en realidad desacuerdos sobre cuál de las tres se está contando. Lo que sigue separa los mecanismos del marco jurídico que debería alcanzarlos.
Sección 01
Mecanismos
Cómo desplaza el valor el blanqueo transfronterizo
El blanqueo transfronterizo pasa rara vez por el maletín de billetes del relato popular. Los canales dominantes son ordinarios y documentales. El valor circula en forma de intercambios mal valorados, donde una factura lleva una cifra que la mercancía no justifica y donde la diferencia se liquida en el extranjero. Circula a través de intermediarios intensivos en efectivo cuya cifra de negocio no se aproxima a nada. Circula por estructuras de propiedad apiladas, donde cada transferencia es lícita tomada por separado y donde la cadena entera no tiene lógica económica alguna.
Lo que tienen en común es que ninguna etapa parece delictiva. Ese es el principio mismo del montaje. Un investigador que ve una operación ve una operación normal; el motivo solo aparece si las contrapartes, los precios y la propiedad pueden examinarse juntos, que es precisamente lo que la fragmentación de los registros impide. Las finanzas ilícitas son, por tanto, menos un problema de detectar una operación sospechosa que un problema de ensamblar registros conservados en jurisdicciones distintas bajo reglas de divulgación distintas.
Sección 02
Propiedad
Beneficiario final: quién controla realmente la contraparte
El beneficiario final es la cuestión de qué persona física controla en última instancia una sociedad o obtiene su beneficio, por contraste con el nombre que figura en su inscripción. Ambos divergen habitual y legítimamente, y esa divergencia es también el procedimiento de ocultación más eficaz disponible: un administrador testaferro, un accionista persona jurídica inscrito en otro sitio o una estructura fiduciaria detienen cada uno un seguimiento en el punto donde el registro se interrumpe.
Esa es la razón por la que el beneficiario final domina la agenda de reforma. Entre las deficiencias que se citan cuando una jurisdicción queda bajo supervisión intensificada, los registros de propiedad incompletos o sin verificar están entre las más frecuentes, y construir uno está entre las acciones que más se exigen antes de una salida. 22 jurisdicciones se encuentran actualmente en ese proceso; la lista vigente y lo que decidió el último pleno figuran en el seguimiento de la lista gris del GAFI.
Cuadro 4.1
Los cuatro instrumentos
La ratificación por jurisdicción se registra en cada página de país.
Los cuatro convenios y lo que cada uno obliga a hacer
Cuatro instrumentos de las Naciones Unidas se sitúan por encima de las leyes nacionales que este sitio registra. Cada expediente de jurisdicción indica las fechas en que pasaron a ser vinculantes para ella; lo que exigen se expone aquí, una sola vez, en lugar de repetirse en cada expediente.
Convenio de 1988
United Nations Convention against Illicit Traffic in Narcotic Drugs and Psychotropic Substances · adoptado en 1988 · capítulo VI-19 · 103 de las 106 jurisdicciones reunidas aquí son parte de él
Una parte se compromete a tipificar el tráfico, el cultivo y el blanqueo del producto de la droga; a permitir el decomiso del producto y de los instrumentos del delito; y a autorizar la entrega vigilada, la técnica que consiste en dejar circular un envío bajo vigilancia en lugar de incautarlo en la frontera.
Cuando un Estado no es parte: el Estado no ha asumido las obligaciones centrales en materia de tráfico de drogas, lo que en la práctica también suprime la base convencional de la entrega vigilada y de la cooperación en materia de decomiso.
Convención contra la delincuencia organizada
United Nations Convention against Transnational Organized Crime · adoptado en 2000 · capítulo XVIII-12 · 105 de las 106 jurisdicciones reunidas aquí son parte de él
Una parte se compromete a tipificar la participación en un grupo delictivo organizado, el blanqueo del producto de delitos graves, la corrupción y la obstrucción de la justicia; y a prestar la asistencia judicial recíproca, la extradición y las técnicas especiales de investigación en las que se apoya un caso transfronterizo.
Cuando un Estado no es parte: la cooperación contra la delincuencia organizada debe apoyarse en acuerdos bilaterales y no en un marco común, lo que retrasa considerablemente la asistencia judicial recíproca.
Convención contra la corrupción
United Nations Convention against Corruption · adoptado en 2003 · capítulo XVIII-14 · 103 de las 106 jurisdicciones reunidas aquí son parte de él
Una parte se compromete a tipificar el soborno de funcionarios públicos, la malversación de bienes públicos y el tráfico de influencias; a establecer medidas de prevención en el sector público; y a aplicar el régimen de recuperación de activos que permite restituir el producto transferido al extranjero.
Cuando un Estado no es parte: la vía de la recuperación de activos no está disponible, lo que importa sobre todo cuando el producto se traslada al extranjero a través de un funcionario público corrupto y no de una red de traficantes.
Protocolo sobre armas de fuego
Protocol against the Illicit Manufacturing of and Trafficking in Firearms, Their Parts and Components and Ammunition · adoptado en 2001 · capítulo XVIII-12-c · 83 de las 106 jurisdicciones reunidas aquí son parte de él
Una parte se compromete a marcar las armas de fuego en la fabricación y en la importación; a conservar los registros de fabricación, importación y transferencia; a someter cada transferencia internacional a autorización; y a tipificar la fabricación y el tráfico ilícitos.
Cuando un Estado no es parte: no existe obligación convencional de marcar ni de rastrear las armas: un arma de fuego recuperada en la escena de un delito puede no tener ningún camino de vuelta hasta su punto de desvío, la razón más frecuente por la que no puede reconstruirse una cadena de tráfico.
La ratificación es casi uniforme en tres de los cuatro. El Protocolo sobre armas de fuego es la excepción: 23 de las 106 jurisdicciones no son parte de él, y un Estado en esa situación suele disponer de legislación sobre estupefacientes sin un régimen equivalente de marcado o rastreo para las armas pequeñas. Las consecuencias se exponen en tráfico de armas.
Sección 03
Medición
Por qué aquí no figura ninguna cifra global
Cualquier cifra de referencia sobre los flujos financieros ilícitos se apoya en un indicador indirecto, puesto que el objeto medido se define por el hecho de no estar registrado. Los dos indicadores habituales miden fenómenos distintos: el análisis por brecha comercial compara lo que un país declara exportar con lo que su socio declara importar, y el análisis de balanza de pagos busca movimientos de capital que las cuentas no explican. Ninguno de los dos aísla el producto delictivo de la planificación fiscal empresarial, y el primero recoge además el error de declaración ordinario, los desfases de flete y seguro y las conversiones de divisa.
La consecuencia práctica para un lector es tratar cualquier total mundial con desconfianza y preguntar qué método lo produjo. En este registro no figura ninguna estimación agregada por esa razón. Lo que publica en su lugar es la posición jurídica por jurisdicción, que sí es verificable: el índice de jurisdicciones registra las fechas convencionales, los instrumentos nacionales cuando un registro los confirma, y la situación de supervisión en curso.
Preguntas sobre las finanzas ilícitas
¿Qué son los flujos financieros ilícitos?
La expresión abarca el dinero ganado ilegalmente, transferido ilegalmente o empleado ilegalmente cuando cruza una frontera. Reúne, por tanto, tres orígenes muy distintos —el producto del delito, el producto de la corrupción y flujos comerciales que eluden el impuesto o el control de cambios—, lo que explica que las estimaciones de su magnitud varíen en un orden de magnitud según cuál de las tres haya contado el autor.
¿Qué diferencia hay entre blanqueo de capitales y flujos financieros ilícitos?
El blanqueo es un delito preciso: ocultar el origen del producto delictivo para poder emplearlo abiertamente. Los flujos financieros ilícitos forman una categoría descriptiva más amplia, que incluye el blanqueo pero también la facturación comercial falsa y movimientos de capital no registrados que quizá nunca se persigan como blanqueo. Lo primero es un título de acusación; lo segundo, un problema de medición.
¿Por qué ocupa tanto espacio el beneficiario final?
Porque el propietario legal de una sociedad y la persona que la controla son con frecuencia distintos, y solo la segunda le sirve a un investigador. Cuando un registro anota al primero y no a la segunda, el seguimiento de un pago se detiene en una razón social. Es la deficiencia que se cita con más frecuencia cuando una jurisdicción queda bajo supervisión intensificada, y la reforma que más se exige antes de su salida.
¿Qué convenios cubren el blanqueo?
Tres de los cuatro instrumentos que aquí se siguen lo alcanzan por vías distintas. El Convenio de 1988 obliga a tipificar específicamente el blanqueo del producto de la droga; la Convención contra la delincuencia organizada extiende eso al producto de los delitos graves de la delincuencia organizada en general; la Convención contra la corrupción cubre el producto de la corrupción y añade la maquinaria de recuperación de activos que permite su restitución. 81 de las 106 jurisdicciones reunidas aquí son parte de los cuatro.
¿Por qué esta página no da ninguna cifra global?
Porque los indicadores disponibles no miden lo que se les atribuye. El análisis por brecha comercial compara lo que un país declara exportar con lo que su socio declara importar; el análisis de balanza de pagos busca movimientos de capital que las cuentas no explican. Ninguno de los dos aísla el producto delictivo de la planificación fiscal empresarial, y el primero recoge además el error de declaración ordinario, los desfases de flete y seguro y las conversiones de divisa.
¿Para qué sirve entonces la posición convencional que aquí se registra?
Para establecer a qué se ha comprometido un Estado, con una fecha. Es un dato verificable allí donde la magnitud de los flujos no lo es, y resulta útil precisamente porque se distingue del derecho interno: un Estado puede ser parte de los cuatro instrumentos sin que su ley de desarrollo alcance la conducta de que se trata. Los expedientes registran, por tanto, las dos capas por separado, cada una con su fuente y su fecha de verificación.