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Cuadro 3.1
Situación de inclusión


22 bajo supervisión · 3 llamamiento a la acción. Declaración del 19 de junio de 2026.

Lista gris GAFI: los países listados, la lista negra y la supervisión

La lista gris GAFI es el nombre corriente de la lista de jurisdicciones bajo supervisión intensificada que mantiene el Grupo de Acción Financiera. A la fecha de la declaración del 19 de junio de 2026, los países en la lista gris del GAFI son 22, y no se trata de un conjunto fijo: el pleno la revisa tres veces al año, de modo que cualquier recuento está fechado y no es permanente. Una inclusión significa que se ha considerado que la jurisdicción presenta deficiencias estratégicas en sus dispositivos contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y que ha aceptado un plan y un calendario para subsanarlas. Una lista distinta y mucho más corta —la que suele llamarse lista negra— nombra a 3.

Sección 01
La lista

Qué países figuran en la lista gris GAFI

Los países en la lista gris del GAFI, tal como la declaración los registra, son las jurisdicciones bajo supervisión intensificada que se enumeran a continuación. 10 de las 22 son jurisdicciones de producción o tránsito cubiertas aquí y remiten a su propio expediente; las demás se nombran porque la lista las nombra, pero quedan fuera del perímetro descrito en el índice de jurisdicciones.

Jurisdicción Expediente en este sitio
Angola Expediente completo
Bolivia Expediente completo
Bosnia y Herzegovina Expediente completo
Bulgaria no cubierta
Camerún Expediente completo
Côte d'Ivoire Expediente completo
República Democrática del Congo Expediente completo
Haití no cubierta
Irak no cubierta
Kenia Expediente completo
Kuwait no cubierta
RDP Lao no cubierta
Líbano no cubierta
Mónaco no cubierta
Nepal no cubierta
Papúa Nueva Guinea no cubierta
Sudán del Sur Expediente completo
Siria no cubierta
Venezuela Expediente completo
Vietnam no cubierta
Islas Vírgenes Británicas Expediente completo
Yemen no cubierta
Cartograma en teselas de las jurisdicciones bajo supervisión intensificada del GAFI
Fig. — las 10 jurisdicciones cubiertas aquí que figuran en la lista gris del GAFI.

Sección 02
Llamamiento a la acción

La lista negra: las jurisdicciones objeto de un llamamiento a la acción

La lista de llamamiento a la acción es la más grave de las dos y, con mucho, la más corta. Nombra actualmente a República Popular Democrática de Corea (RPDC), Irán, Myanmar. Donde la lista gris es un proceso de supervisión, esta lista negra pide a los demás miembros aplicar una diligencia reforzada a las relaciones de negocio que impliquen a la jurisdicción y, en el caso más grave, aplicar contramedidas: una instrucción directa al sistema financiero más que un programa de reforma.

La distinción importa al leer fuentes de segunda mano, que con regularidad funden las dos en una sola «lista negra del GAFI» de una veintena de países. Son dos declaraciones distintas, publicadas el mismo día, con consecuencias jurídicas diferentes para un banco que decide si tramita o no un pago.

Una palabra sobre el vocabulario, porque induce a error. La expresión lista gris GAFI no aparece en ningún documento del Grupo de Acción Financiera: el término oficial es «jurisdicciones bajo supervisión intensificada», y la fórmula lista gris GAFI es un atajo periodístico que se ha impuesto. El atajo no es neutro: sugiere una gradación continua hacia la lista negra, cuando las dos listas se apoyan en constataciones distintas y no en dos grados de la misma constatación.

Sección 03
Lo que decidió el pleno

Supervisión intensificada: lo que cambió el último pleno

El GAFI examinó los avances registrados desde febrero de 2026 en Argelia, Angola, Bolivia, Bulgaria, Camerún, Côte d’Ivoire, la República Democrática del Congo, Haití, Kenia, la RDP Lao, Líbano, Mónaco, Namibia, Nepal, Sudán del Sur, Siria, Venezuela, Vietnam, las Islas Vírgenes Británicas y Yemen. Argelia y Namibia salieron del seguimiento intensificado. Kuwait y Papúa Nueva Guinea optaron por diferir su informe, de modo que siguen vigentes sus declaraciones anteriores.

Decisión Jurisdicciones
Retiradas de la supervisión intensificada Argelia, Namibia
Añadidas ninguna
Informe diferido, declaración anterior vigente Kuwait, Papúa Nueva Guinea

Es el registro de las decisiones lo que distingue un seguimiento de una lista estática. Una jurisdicción retirada sigue nombrada en el cuerpo de la declaración, bajo la sección dedicada a las que ya no están sometidas a supervisión intensificada: un resumen que solo lee los titulares invierte su situación, y ese es el error más corriente en las reseñas de este documento.

Sección 04
Lectura de la situación

Lo que dice una inclusión, y lo que no dice

Una inclusión es una constatación sobre los dispositivos financieros, no sobre la represión de las drogas, y ambas cosas corresponden a procesos distintos evaluados con arreglo a normas distintas. Una jurisdicción puede mantener una posición convencional completa y llevar una ley nacional confirmada estando incluida, porque la deficiencia identificada suele referirse a la transparencia de los beneficiarios finales o a la supervisión de las profesiones no financieras más que al derecho penal. Leer una inclusión como prueba de una legislación débil sobre drogas es el mal uso más extendido de esta situación.

Lo contrario merece igual prudencia. La ausencia de ambas listas significa que no se han identificado deficiencias estratégicas, lo que no equivale a que no las haya: varias jurisdicciones simplemente nunca han sido evaluadas en ese punto. La comparación de las jurisdicciones bajo supervisión intensificada con su propio expediente convencional y legislativo es posible en comparar jurisdicciones, y el mecanismo financiero en sí se trata en finanzas ilícitas.

Preguntas sobre el proceso de inclusión

¿Qué es la lista gris del GAFI?

Es el nombre corriente de la lista de jurisdicciones bajo supervisión intensificada que mantiene el Grupo de Acción Financiera. La expresión no aparece en ningún documento del GAFI: el término oficial es «jurisdicciones bajo supervisión intensificada», y lista gris GAFI es un atajo periodístico que se ha impuesto. Una inclusión significa que se han identificado deficiencias estratégicas en los dispositivos contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y que la jurisdicción ha aceptado un plan de acción con plazos.

¿Cuántos países figuran en la lista gris del GAFI?

22, a la fecha de la declaración del 19 de junio de 2026. 10 de ellos son jurisdicciones de producción o tránsito cubiertas aquí y llevan un expediente completo; los demás se nombran sin página propia. El número se mueve en cada pleno, en ambos sentidos.

¿Con qué frecuencia cambia la lista?

Tres veces al año. El pleno del GAFI se reúne en febrero, junio y octubre, y cada reunión puede añadir jurisdicciones, retirarlas, o dejar una declaración tal cual cuando una jurisdicción ha diferido su informe. Ese ritmo explica que en esta página no figure ninguna mención fechada al mes: entre dos plenos no cambia nada.

¿Estar en la lista gris significa que un país no coopera?

No, y la inferencia es la lectura errónea habitual. Una jurisdicción figura en la lista precisamente porque se ha comprometido con un plan de acción y rinde cuentas de él. La salida sigue a una evaluación in situ que confirma que las reformas están implantadas y se mantienen: por eso una salida de la lista es una señal más sustancial que una entrada.

¿Qué ha pasado con Argelia y Namibia?

Las dos salieron de la supervisión intensificada en el pleno del 19 de junio de 2026. Siguen apareciendo como titulares en la declaración de junio, bajo la sección dedicada a las jurisdicciones que ya no están sometidas a supervisión intensificada: leer solo los titulares invierte, por tanto, su situación, error frecuente en los resúmenes de segunda mano de ese documento.

¿Tiene efecto una inclusión en la lista gris sobre los pagos ordinarios?

Sí, y es por ahí donde se ejerce la presión. Las entidades situadas en otros lugares aplican una diligencia reforzada a las contrapartes establecidas en una jurisdicción incluida, lo que encarece y ralentiza los pagos legítimos al mismo tiempo que el resto. El efecto pasa por el banco corresponsal más que por una sanción: ninguna regla prohíbe la operación, simplemente resulta más costosa de tramitar.