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Fig. 1.1
Jurisdicciones cubiertas


106 expedientes. Fuentes nombradas por campo. Compilado el 2026-07-29.

Ley de drogas por país: legislaciones nacionales y penas comparadas

Esta referencia cubre la ley de drogas en 106 jurisdicciones de producción y tránsito: los Estados y territorios situados en los corredores que llevan estupefacientes, armas y el producto de ambos. Cada expediente separa dos cosas que se confunden con regularidad: lo que un Estado ha firmado en el plano internacional, y lo que su propio cuerpo legislativo tipifica realmente como delito. Lo primero corresponde al registro del depositario. Lo segundo es la legislación nacional, y varía mucho más de lo que la posición convencional deja suponer. Leídos juntos, estos datos permiten comparar las legislaciones de una región a otra sin tratar un compromiso internacional como prueba de que existe un delito interno.

Tramado

No incluida Seguimiento intensificado
Fig. 1.1 — 106 jurisdicciones de producción y tránsito, una tesela cada una. El tamaño igual de las teselas es deliberado: en un mapa geográfico los territorios caribeños de este conjunto de datos ocupan menos de un píxel. Las posiciones agrupan cada jurisdicción con sus vecinas, pero las distancias no están a escala. Cada tesela enlaza con su ficha.

Sección 02
Cómo se apilan los instrumentos

Cómo llega el derecho internacional de control de drogas a la ley nacional

Cuatro instrumentos de las Naciones Unidas se sitúan por encima de las leyes nacionales reunidas aquí. El Convenio de 1988 contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas obliga a las partes a tipificar el tráfico, el cultivo con fines de tráfico y el blanqueo de su producto, y aporta la base jurídica de la entrega vigilada. La Convención de 2000 contra la delincuencia organizada transnacional añade los delitos de organización —participación en un grupo delictivo organizado, obstrucción de la justicia— y la maquinaria de la asistencia judicial recíproca. Su Protocolo sobre armas de fuego aporta las exigencias de marcado, llevanza de registros y autorización para las armas pequeñas. La Convención contra la corrupción alcanza las conductas de los funcionarios que en la práctica hacen fracasar a las otras tres.

Ninguno de los cuatro es de aplicación directa. Un Estado que ratifica se compromete a legislar, y hasta que lo haga no existe delito alguno que una fiscalía pueda invocar. Ese es el punto en el que la obligación internacional y el delito interno se separan, y la razón por la que la ley de drogas de un país no se lee en un cuadro de ratificaciones. Cada expediente nombra, por tanto, el instrumento nacional por separado, con el registro frente al que se confirmó, en lugar de tratar la posición convencional como sustituto del derecho interno.

Sección 03
Cobertura convencional

Cobertura de los convenios comparada en 106 jurisdicciones

La posición convencional es la capa mejor establecida del conjunto de datos, porque tiene una fuente única y con autoridad: los cuadros de situación del depositario. Es también la que menos discrimina —81 de las 106 jurisdicciones son parte de los cuatro instrumentos— con una excepción, y esa excepción es instructiva.

Instrumento Adoptado Partes No partes
Convenio de 1988 1988 103 3
Convención contra la delincuencia organizada 2000 105 1
Convención contra la corrupción 2003 103 3
Protocolo sobre armas de fuego 2001 83 23

El Protocolo sobre armas de fuego es el único instrumento que presenta una brecha de ratificación sustancial, y es por tanto el único cuyo dato convencional separa realmente a las jurisdicciones. Una jurisdicción que no está en él no tiene obligación convencional alguna de marcar las armas en la fabricación o en la importación, de llevar registros de transferencia, ni de autorizar cada transferencia, lo que significa que un arma que la atraviese puede perder su historial documentado sin que se infrinja ninguna regla. Las consecuencias se exponen en tráfico de armas.

Cartograma en teselas de las jurisdicciones cubiertas, agrupadas por región
Fig. — el conjunto cubierto: 106 jurisdicciones de producción y tránsito, repartidas en cuatro bloques regionales.

Sección 04
Procedencia

De dónde viene cada expediente

Tres capas, tres caminos de documentación. Las fechas de ratificación vienen de los cuadros de situación del depositario de las Naciones Unidas. La situación de supervisión viene de las dos declaraciones del GAFI, leídas íntegramente en lugar de resumirse a partir de sus titulares. Los instrumentos nacionales —91 de los 106 expedientes llevan al menos uno— vienen de registros oficiales, portales legislativos, repositorios parlamentarios, boletines oficiales y de la biblioteca jurídica de la UNODC, cada uno citado con su fecha de verificación.

Lo que este conjunto de datos no hace es igual de importante: no publica ninguna estimación agregada de volumen o de valor, ninguna lista de participantes en un programa, y ningún título de ley que un registro no confirme. Las reglas aplicadas se exponen en fuentes y metodología.

Ley de drogas por país: el índice completo

Los 106 expedientes, agrupados por región. El nivel indica el camino de documentación, no la calidad del derecho: el nivel A lleva un instrumento nacional confirmado, el nivel B una posición convencional confirmada sin instrumento citable, y el nivel C un territorio vinculado por extensión.

África — 53 jurisdicciones

Jurisdicción Convenios Nivel GAFI
Angola 4 / 4 A Supervisión intensificada
Argelia 4 / 4 A No incluida
Benín 4 / 4 A No incluida
Botsuana 3 / 4 A No incluida
Burkina Faso 4 / 4 B No incluida
Burundi 4 / 4 A No incluida
Cabo Verde 4 / 4 A No incluida
Camerún 3 / 4 A Supervisión intensificada
Chad 3 / 4 A No incluida
Comoras 4 / 4 B No incluida
Côte d'Ivoire 4 / 4 A Supervisión intensificada
Egipto 3 / 4 A No incluida
Eritrea 2 / 4 A No incluida
Esuatini 4 / 4 A No incluida
Etiopía 4 / 4 A No incluida
Gabón 4 / 4 A No incluida
Gambia 3 / 4 A No incluida
Ghana 4 / 4 A No incluida
Guinea 3 / 4 A No incluida
Guinea Ecuatorial 2 / 4 A No incluida
Guinea-Bisáu 4 / 4 A No incluida
Kenia 4 / 4 A Supervisión intensificada
Lesoto 4 / 4 A No incluida
Liberia 4 / 4 B No incluida
Libia 4 / 4 B No incluida
Madagascar 4 / 4 A No incluida
Malaui 4 / 4 B No incluida
Mali 4 / 4 A No incluida
Marruecos 4 / 4 A No incluida
Mauricio 4 / 4 A No incluida
Mauritania 4 / 4 A No incluida
Mozambique 4 / 4 B No incluida
Namibia 3 / 4 A No incluida
Níger 3 / 4 A No incluida
Nigeria 4 / 4 A No incluida
República Centroafricana 4 / 4 A No incluida
República Democrática del Congo 4 / 4 B Supervisión intensificada
Ruanda 4 / 4 A No incluida
Santo Tomé y Príncipe 4 / 4 B No incluida
Senegal 4 / 4 A No incluida
Seychelles 4 / 4 A No incluida
Sierra Leona 4 / 4 A No incluida
Somalia 3 / 4 B No incluida
Sudáfrica 4 / 4 A No incluida
Sudán 4 / 4 A No incluida
Sudán del Sur 4 / 4 B Supervisión intensificada
Tanzania 4 / 4 A No incluida
Togo 4 / 4 A No incluida
Túnez 4 / 4 A No incluida
Uganda 4 / 4 A No incluida
Yibuti 3 / 4 A No incluida
Zambia 4 / 4 A No incluida
Zimbabue 3 / 4 A No incluida

América Latina y el Caribe — 33 jurisdicciones

Jurisdicción Convenios Nivel GAFI
Anguila 4 / 4 C No incluida
Antigua y Barbuda 4 / 4 A No incluida
Argentina 4 / 4 A No incluida
Barbados 4 / 4 A No incluida
Belice 3 / 4 A No incluida
Bolivia 4 / 4 A Supervisión intensificada
Brasil 4 / 4 A No incluida
Chile 4 / 4 A No incluida
Colombia 3 / 4 A No incluida
Costa Rica 4 / 4 A No incluida
Dominica 4 / 4 A No incluida
Ecuador 4 / 4 A No incluida
El Salvador 4 / 4 A No incluida
Granada 4 / 4 A No incluida
Guatemala 4 / 4 A No incluida
Guyana 4 / 4 A No incluida
Honduras 4 / 4 A No incluida
Islas Vírgenes Británicas 4 / 4 C Supervisión intensificada
Jamaica 4 / 4 A No incluida
México 4 / 4 A No incluida
Montserrat 4 / 4 C No incluida
Nicaragua 4 / 4 A No incluida
Panamá 4 / 4 A No incluida
Paraguay 4 / 4 A No incluida
Perú 4 / 4 A No incluida
República Dominicana 4 / 4 A No incluida
San Cristóbal y Nieves 4 / 4 B No incluida
San Vicente y las Granadinas 3 / 4 A No incluida
Santa Lucía 3 / 4 A No incluida
Surinam 3 / 4 B No incluida
Trinidad y Tobago 4 / 4 A No incluida
Uruguay 4 / 4 A No incluida
Venezuela 4 / 4 A Supervisión intensificada

Asia Central — 10 jurisdicciones

Jurisdicción Convenios Nivel GAFI
Afganistán 3 / 4 A No incluida
Armenia 4 / 4 A No incluida
Azerbaiyán 4 / 4 A No incluida
Georgia 3 / 4 A No incluida
Kazajistán 4 / 4 A No incluida
Kirguistán 3 / 4 B No incluida
Pakistán 3 / 4 A No incluida
Tayikistán 3 / 4 A No incluida
Turkmenistán 4 / 4 B No incluida
Uzbekistán 3 / 4 A No incluida

Balcanes y Europa del Este — 10 jurisdicciones

Jurisdicción Convenios Nivel GAFI
Albania 4 / 4 A No incluida
Belarús 4 / 4 A No incluida
Bosnia y Herzegovina 4 / 4 A Supervisión intensificada
Kosovo 0 / 4 C No incluida
Macedonia del Norte 4 / 4 A No incluida
Montenegro 4 / 4 A No incluida
República de Moldavia 4 / 4 A No incluida
Serbia 4 / 4 A No incluida
Turquía 4 / 4 A No incluida
Ucrania 4 / 4 A No incluida

Preguntas sobre este conjunto de datos

¿Qué contiene cada expediente de jurisdicción?

Cuatro capas, cada una documentada por separado y fechada. Los instrumentos nacionales sobre estupefacientes y armas de fuego que han podido confirmarse frente a un registro oficial; los cuatro instrumentos de las Naciones Unidas de los que el Estado es parte, con la fecha exacta que registra el depositario; la posición de la jurisdicción en el proceso de supervisión del GAFI; y las autoridades de aplicación nombradas en sus propios servidores gubernamentales. Cuando un campo no ha podido confirmarse frente a una fuente citable, se señala como no registrado en lugar de rellenarse con una estimación.

¿Por qué estas 106 jurisdicciones y no todos los países?

El conjunto reúne las jurisdicciones de producción y tránsito situadas en los corredores que llevan estupefacientes, armas y el producto de ambos: África, América Latina y el Caribe, Asia Central y sus accesos, los Balcanes y Europa del Este. Los mercados de consumo de Europa occidental, América del Norte y Asia oriental no figuran en él: no es, por tanto, un índice mundial, y el cartograma no es un mapa del mundo.

¿Ratificar un convenio significa que los delitos existen en el derecho interno?

No, y la distancia entre ambas cosas es la lectura errónea más frecuente de estos datos. La ratificación obliga a un Estado a legislar; no crea por sí misma un delito que una fiscalía pueda perseguir. Un Estado puede ser parte de los cuatro instrumentos mientras su ley de desarrollo tiene varias décadas, es más estrecha que el convenio, o falta por completo para una categoría. Esa es la razón por la que el instrumento nacional se registra por separado del expediente convencional.

¿Por qué unos expedientes nombran una ley y otros no?

Porque el camino de documentación difiere, y se señala en lugar de alisarse. El nivel A significa que el instrumento mismo se ha confirmado frente a un registro oficial: 91 de los 106 expedientes. El nivel B significa que el expediente convencional está confirmado pero que ningún instrumento nacional ha podido verificarse frente a una fuente citable. El nivel C cubre los territorios dependientes, donde la ratificación del Estado metropolitano se extiende al territorio en lugar de que este se adhiera en su propio nombre: 4 expedientes están en ese caso.

¿Qué significa concretamente la supervisión intensificada del GAFI?

Que el Grupo de Acción Financiera ha identificado deficiencias estratégicas en los dispositivos de la jurisdicción contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y que esta se ha comprometido con un plan de acción con calendario. Es una situación de proceso y no una constatación de falta de cooperación, y cambia: el pleno revisa la lista tres veces al año, de modo que 10 de las 106 jurisdicciones reunidas aquí están incluidas según la última revisión y no de forma definitiva.

¿Se verifican las autoridades nombradas de la misma manera?

Sí, y con un criterio deliberadamente estrecho: una autoridad solo se nombra si un servidor oficial vinculado a la jurisdicción misma la designa. 89 de los 106 expedientes nombran al menos una autoridad sobre esa base. Los demás dejan el campo vacío indicando dónde se realizó la búsqueda, porque el nombre de un organismo es genérico de un modo en que el título de una ley no lo es: «administración de aduanas» designa una docena de instituciones en el mundo, y una constancia de archivo no basta para distinguirlas.