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África


Nivel de fuente A. Convenios verificados el 2026-07-29.

Ley de drogas y armas en Yibuti: los textos en vigor

Yibuti, en África, es parte de 3 de los cuatro instrumentos que aquí se siguen, pero no del Protocolo sobre armas de fuego. No figura en ninguna de las dos listas del GAFI. Su legislación acreditada reúne 3 instrumentos confirmados, el más antiguo de 1991. Cuando un campo no ha podido documentarse, se señala como tal en lugar de dejarse a la interpretación.

Cartograma de las jurisdicciones cubiertas, con Yibuti destacado
Fig. — Yibuti dentro del conjunto cubierto de 106 jurisdicciones de producción y tránsito.

Marco internacional

Yibuti es parte de 3 de los cuatro instrumentos que sigue este conjunto de datos, el más antiguo de 2001 y el más reciente de 2005. La excepción es del Protocolo sobre armas de fuego, y esa excepción tiene consecuencias: en la práctica, no existe obligación convencional de marcar ni de rastrear las armas: un arma de fuego recuperada en la escena de un delito puede no tener ningún camino de vuelta hasta su punto de desvío, la razón más frecuente por la que no puede reconstruirse una cadena de tráfico.

Instrumento Adoptado Ratificado o adherido Referencia del depositario
Convenio de 1988 1988 22 feb. 2001 Capítulo VI-19
Convención contra la delincuencia organizada 2000 20 abr. 2005 Capítulo XVIII-12
Convención contra la corrupción 2003 20 abr. 2005 Capítulo XVIII-14
Protocolo sobre armas de fuego 2001 no es parte Capítulo XVIII-12-c

Lo que cada instrumento obliga a hacer a una parte se expone una sola vez, por instrumento, en la referencia sobre los convenios. Las fechas anteriores son lo propio de Yibuti: son los puntos a partir de los cuales cada obligación empezó a vincular, tomados de los cuadros de situación del depositario.

Legislación nacional

Los instrumentos que siguen se han confirmado frente a una fuente nacional citable. Los títulos se dan tal como fueron adoptados y no se traducen.

Law no. 145/AN/91/2E of 10 February 1991 on the conditions of practice of pharmacy, Arts. 27-28 (No. 145/) — Un instrumento principal por derecho propio, confirmado en el registro que se cita más abajo; su objeto no consta en el propio título. Confirmado en la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.

Law No. 171/AN/81 on psychotropic substances (No. 171/) — Un instrumento principal de control de drogas, que incorpora las obligaciones del Convenio de 1988 en materia de tráfico y de decomiso al derecho interno. Confirmado en la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.

Penal Code, Chapter II — Un código y no una ley específica: los delitos figuran en el cuerpo general del derecho y se leen junto con sus disposiciones sobre tentativa, participación y pena. Confirmado en la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.

Autoridades de aplicación

Se nombra una autoridad en el expediente de Yibuti, cada una confirmada en el dominio gubernamental propio de Yibuti. El reparto de mandatos determina hasta dónde puede llegar un caso: interceptar, investigar y acusar son tres potestades distintas, pocas veces reunidas en una sola institución.

Autoridad Función Confirmada en
Police Nationale investigación penal interieur.gouv.dj

Secuencia de las ratificaciones

El orden importa tanto como el número. Yibuti llegó a estos instrumentos a lo largo de 4 años, empezando por el Convenio de 1988 en 2001 y terminando por la Convención contra la corrupción en 2005. Medido con arreglo a la fecha de adopción de cada instrumento, el plazo más corto corresponde de la Convención contra la corrupción, 2 años, y el más largo del Convenio de 1988, 13.

Yibuti pasó a ser parte del Convenio de 1988 en 2001, es decir 13 años después de su adopción: más lento que el plazo mediano de 5 años que aquí se constata.

Los intervalos que siguen son los periodos en que las obligaciones eran parciales y no completas. Durante los 4 años que separan 2001 de 2005, las obligaciones vigentes en Yibuti eran el Convenio de 1988, pero todavía no la Convención contra la delincuencia organizada ni la Convención contra la corrupción. Los hechos situados en una ventana así se valoran con arreglo a los instrumentos entonces vigentes, no al conjunto tal como se presenta hoy.

En cuanto a la cobertura, este expediente entra en el grupo de 22 jurisdicciones reunidas aquí que son parte de 3 de los cuatro instrumentos, frente a 81 que lo son de los cuatro. África aporta 53 de los expedientes reunidos aquí; 6 de ellos llevan una inclusión en curso.

Lo que no está en vigor

Uno de los cuatro instrumentos no vincula a Yibuti, y esa laguna tiene consecuencias precisas más que simbólicas.

Protocolo sobre armas de fuego — adoptado en 2001, y Yibuti no es parte de él. En la práctica, no existe obligación convencional de marcar ni de rastrear las armas: un arma de fuego recuperada en la escena de un delito puede no tener ningún camino de vuelta hasta su punto de desvío, la razón más frecuente por la que no puede reconstruirse una cadena de tráfico.

Supervisión de la delincuencia financiera

A la fecha de las declaraciones plenarias del GAFI del 2026-06-19, Yibuti consta como en ninguna de las dos listas . Las dos declaraciones se publican juntas y se leen juntas, porque una jurisdicción nombrada en la segunda no aparece en la primera. Las condiciones de inclusión y de salida figuran en el seguimiento de la lista gris del GAFI.

Preguntas sobre el derecho de drogas y armas en Yibuti

¿Qué convenios sobre control de drogas ha ratificado Yibuti?

3 de los cuatro instrumentos que aquí se siguen: Convenio de 1988 (22 feb. 2001), Convención contra la delincuencia organizada (20 abr. 2005), Convención contra la corrupción (20 abr. 2005). No es parte del Protocolo sobre armas de fuego.

¿Yibuti está en la lista gris del GAFI?

No. Yibuti no figura ni en la lista de supervisión intensificada ni en la de llamamiento a la acción de las declaraciones del GAFI del 19 de junio de 2026.

¿Qué legislación nacional sobre drogas consta para Yibuti?

Law no. 145/AN/91/2E of 10 February 1991 on the conditions of practice of pharmacy, Arts. 27-28 (No. 145/), confirmada en la biblioteca jurídica de la UNODC; Law No. 171/AN/81 on psychotropic substances (No. 171/), confirmada en la biblioteca jurídica de la UNODC; Penal Code, Chapter II, confirmada en la biblioteca jurídica de la UNODC.

¿Qué registro confirma la legislación citada en esta página?

Cada instrumento nombra el suyo. Para Yibuti se trata de la biblioteca jurídica de la UNODC. Cada enlace remite a la copia del registro mismo, no a un resumen.

¿Qué es el nivel de fuente A, y por qué este expediente está en él?

El nivel A significa que se ha confirmado un instrumento nacional frente a un registro oficial; para Yibuti, 3. Las fechas de convenio y la situación de supervisión se documentan por separado: las tres capas de este expediente llevan, por tanto, una cita.

¿Qué significa que Yibuti no sea parte del Protocolo sobre armas de fuego?

En la práctica, no existe obligación convencional de marcar ni de rastrear las armas: un arma de fuego recuperada en la escena de un delito puede no tener ningún camino de vuelta hasta su punto de desvío, la razón más frecuente por la que no puede reconstruirse una cadena de tráfico.

Fuentes

  • Fechas de ratificación: Colección de Tratados de las Naciones Unidas, cuadros de situación del depositario (capítulos VI-19, XVIII-12, XVIII-14, XVIII-12-c). Verificado el 2026-07-29.
  • Situación de inclusión: GAFI, Jurisdicciones bajo supervisión intensificada y Jurisdicciones de alto riesgo objeto de un llamamiento a la acción, 2026-06-19.
  • Law no. 145/AN/91/2E of 10 February 1991 on the conditions of practice of pharmacy, Arts. 27-28: la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.
  • Law No. 171/AN/81 on psychotropic substances: la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.
  • Penal Code, Chapter II: la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.