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África


Nivel de fuente A. Convenios verificados el 2026-07-29.

Ley de drogas y armas en Marruecos: los textos en vigor

Marruecos, en África, es parte de los cuatro instrumentos que aquí se siguen, el último desde 2009. No figura en ninguna de las dos listas del GAFI. El instrumento confirmado en su expediente es Dahir on Law No. 73-282 concerning the repression of drug addiction, Arts. 1-8. Nada se afirma aquí sin que el documento de origen se nombre al lado.

Cartograma de las jurisdicciones cubiertas, con Marruecos destacado
Fig. — Marruecos dentro del conjunto cubierto de 106 jurisdicciones de producción y tránsito.

Marco internacional

Marruecos es parte de los cuatro instrumentos que sigue este conjunto de datos, el más antiguo de 1992 y el más reciente de 2009.

Instrumento Adoptado Ratificado o adherido Referencia del depositario
Convenio de 1988 1988 28 oct. 1992 Capítulo VI-19
Convención contra la delincuencia organizada 2000 19 sept. 2002 Capítulo XVIII-12
Convención contra la corrupción 2003 9 may. 2007 Capítulo XVIII-14
Protocolo sobre armas de fuego 2001 8 abr. 2009 Capítulo XVIII-12-c

Lo que cada instrumento obliga a hacer a una parte se expone una sola vez, por instrumento, en la referencia sobre los convenios. Las fechas anteriores son lo propio de Marruecos: son los puntos a partir de los cuales cada obligación empezó a vincular, tomados de los cuadros de situación del depositario.

Legislación nacional

Los instrumentos que siguen se han confirmado frente a una fuente nacional citable. Los títulos se dan tal como fueron adoptados y no se traducen.

Dahir on Law No. 73-282 concerning the repression of drug addiction, Arts. 1-8 (No. 73-282) — Un instrumento principal de control de drogas, que incorpora las obligaciones del Convenio de 1988 en materia de tráfico y de decomiso al derecho interno. Confirmado en la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.

Autoridades de aplicación

Se nombra una autoridad en el expediente de Marruecos, cada una confirmada en el dominio gubernamental propio de Marruecos. Una autoridad nombrada no es una autoridad operativa, pero establece dónde reside el mandato, y un mandato que ninguna institución ostenta es la laguna que la cobertura convencional no colma.

Autoridad Función Confirmada en
Customs clearance of goods (ADIL) aduanas y control fronterizo mre.gov.ma

Secuencia de las ratificaciones

Qué instrumento llegó primero dice lo que el total no dice. Marruecos llegó a estos instrumentos a lo largo de 17 años, empezando por el Convenio de 1988 en 1992 y terminando por el Protocolo sobre armas de fuego en 2009. Medido con arreglo a la fecha de adopción de cada instrumento, el plazo más corto corresponde de la Convención contra la delincuencia organizada, 2 años, y el más largo del Protocolo sobre armas de fuego, 8.

Marruecos pasó a ser parte del Convenio de 1988 en 1992, es decir 4 años después de su adopción: más rápido que el plazo mediano de 5 años que aquí se constata.

Los años intermedios son aquellos con arreglo a los cuales habría que valorar un caso de ese periodo. Durante los 10 años que separan 1992 de 2002, las obligaciones vigentes en Marruecos eran el Convenio de 1988, pero todavía no la Convención contra la delincuencia organizada, la Convención contra la corrupción ni el Protocolo sobre armas de fuego. Durante los 5 años que separan 2002 de 2007, las obligaciones vigentes en Marruecos eran el Convenio de 1988 y la Convención contra la delincuencia organizada, pero todavía no la Convención contra la corrupción ni el Protocolo sobre armas de fuego. Las obligaciones convencionales no son retroactivas: el intervalo es un límite real de lo que el marco podía alcanzar entonces, y no un detalle administrativo.

En cuanto a la cobertura, este expediente entra en el grupo de 81 jurisdicciones reunidas aquí que son parte de 4 de los cuatro instrumentos, frente a 81 que lo son de los cuatro. 6 de los 53 expedientes de África que aquí figuran están bajo supervisión intensificada según el estado del registro.

Supervisión de la delincuencia financiera

A la fecha de las declaraciones plenarias del GAFI del 2026-06-19, Marruecos consta como en ninguna de las dos listas . Las listas se revisan tres veces al año: este expediente sigue ese ritmo y no un seguimiento continuo. La declaración vigente y lo que modificó se siguen en el seguimiento de la lista gris del GAFI.

Preguntas sobre el derecho de drogas y armas en Marruecos

¿Qué convenios sobre control de drogas ha ratificado Marruecos?

Los cuatro: Convenio de 1988, el 28 oct. 1992; Convención contra la delincuencia organizada, el 19 sept. 2002; Convención contra la corrupción, el 9 may. 2007; Protocolo sobre armas de fuego, el 8 abr. 2009.

¿Marruecos está en la lista gris del GAFI?

No. Marruecos no figura ni en la lista de supervisión intensificada ni en la de llamamiento a la acción de las declaraciones del GAFI del 19 de junio de 2026.

¿Qué legislación nacional sobre drogas consta para Marruecos?

Dahir on Law No. 73-282 concerning the repression of drug addiction, Arts. 1-8 (No. 73-282), confirmada en la biblioteca jurídica de la UNODC.

¿Qué registro confirma la legislación citada en esta página?

Cada instrumento nombra el suyo. Para Marruecos se trata de la biblioteca jurídica de la UNODC. Seguir el enlace llega al documento mismo; nada de lo que aquí consta parafrasea un instrumento que no haya citado.

¿Qué es el nivel de fuente A, y por qué este expediente está en él?

El nivel A significa que se ha confirmado un instrumento nacional frente a un registro oficial; para Marruecos, 1. Las fechas de convenio y la situación de supervisión se documentan por separado: las tres capas de este expediente llevan, por tanto, una cita.

¿Por qué importa la fecha de ratificación?

La fecha es el punto a partir del cual las obligaciones vinculan. El más antiguo de esos compromisos para Marruecos es de 1992 y el más reciente de 2009; la distancia entre ambos da una medida aproximada de lo que tardó en construirse el marco.

Fuentes

  • Fechas de ratificación: Colección de Tratados de las Naciones Unidas, cuadros de situación del depositario (capítulos VI-19, XVIII-12, XVIII-14, XVIII-12-c). Verificado el 2026-07-29.
  • Situación de inclusión: GAFI, Jurisdicciones bajo supervisión intensificada y Jurisdicciones de alto riesgo objeto de un llamamiento a la acción, 2026-06-19.
  • Dahir on Law No. 73-282 concerning the repression of drug addiction, Arts. 1-8: la biblioteca jurídica de la UNODC, verificado el 2026-07-30.