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Expediente de programa


Dirigido por UNODC, con INTERPOL y la Organización Mundial de Aduanas.

AIRCOP: interdicción conjunta en los aeropuertos internacionales

Células aeroportuarias conjuntas de interdicción, conectadas en tiempo real a las bases de datos policiales y aduaneras internacionales.

Designación oficial: «Airport Communication Project»

A qué se dirige el programa

AIRCOP cubre la vía aérea —pasajeros y carga— y no la vía marítima. Un aeropuerto concentra un número muy elevado de ocasiones de intervenir, todas de muy corta duración, y el problema operativo no es la capacidad de detección sino los pocos minutos disponibles entre la identificación de un pasajero o un envío y su salida.

Cómo funciona

El programa instala en los aeropuertos internacionales participantes células conjuntas que reúnen aduanas, policía y guardia de fronteras, y les da acceso directo a las bases de datos internacionales, para que una comprobación pueda hacerse en el tiempo que permite una escala. Su rasgo distintivo es la comunicación entre aeropuertos de una misma ruta: una alerta emitida en la salida es aprovechable en la llegada.

Dónde se aplica

AIRCOP se refiere a 3 de los corredores descritos en la página de las rutas de la droga: la ruta del Sur, el corredor de África Occidental, el corredor caribeño. Las jurisdicciones de cada uno se enumeran allí, y cada una tiene una ficha que expone su posición convencional, sus textos nacionales confirmados y su situación de supervisión actual.

Es esa combinación la que determina si un programa de este tipo puede operar en un lugar dado. El refuerzo de capacidades supone que existe una potestad jurídica en torno a la cual construirlas: una técnica de interdicción necesita una base legal, una investigación conjunta una vía de asistencia judicial, un rastreo una obligación de llevanza de registros. Donde faltan esos elementos, la restricción es legislativa y no operativa.

Jurisdicciones situadas en esos corredores — 29

Anguila · Antigua y Barbuda · Barbados · Brasil · Cabo Verde · Colombia · Dominica · Gambia · Ghana · Guinea · Guinea-Bisáu · Islas Vírgenes Británicas · Jamaica · Kenia · Liberia · Mauricio · Mozambique · Nigeria · Pakistán · República Dominicana · San Vicente y las Granadinas · Santa Lucía · Senegal · Seychelles · Sierra Leona · Somalia · Tanzania · Trinidad y Tobago · Venezuela

Se trata del alcance de los corredores a los que AIRCOP se dirige, y no de una lista de Estados participantes: la participación la afirma el índice heredado y no la confirma ninguna fuente oficial, de modo que no se publica. Lo que sí puede enunciarse es qué jurisdicciones se encuentran en las rutas en cuestión, y qué muestra la ficha de cada una. De esas 29, 3 no llevan ningún texto nacional confirmado frente a un registro citable — Liberia, Mozambique, Somalia — es decir, exactamente la situación en la que la asistencia operativa se adelanta a la base jurídica que permitiría usarla.

Una célula aeroportuaria es un lugar donde servicios distintos se sientan a una misma mesa, de modo que lo que nombran los expedientes de estas 29 jurisdicciones le importa: 9 nombran a la vez un servicio aduanero y uno policial en este conjunto de datos, 18 nombran un servicio aduanero, y 2 no nombran ninguno. Son directorios publicados, no plantillas. La otra asimetría en el mismo alcance es jurídica: 5 de las 29 no son parte del Protocolo sobre armas de fuego, así que un arma detectada en tránsito encuentra obligaciones distintas según el tramo en que se halle.

Base convencional

En el fondo, el trabajo aplica las disposiciones sobre cooperación entre servicios policiales del Convenio de 1988 y de la Convención contra la delincuencia organizada. La distinción importa: un programa de este tipo no crea ninguna potestad jurídica propia. Construye la capacidad de los Estados de ejercer potestades que ya tienen en virtud de los instrumentos que han ratificado, y por eso una jurisdicción que no es parte del instrumento pertinente obtiene menos de su participación que otra. Lo que obliga cada instrumento se expone en la referencia de los convenios.

Cartograma en teselas de las jurisdicciones cubiertas
Fig. — las jurisdicciones frente a las que se lee este expediente.

Preguntas

¿Qué es AIRCOP?

AIRCOP se designa oficialmente «Airport Communication Project» y lo dirige UNODC, con INTERPOL y la Organización Mundial de Aduanas. Células aeroportuarias conjuntas de interdicción, conectadas en tiempo real a las bases de datos policiales y aduaneras internacionales. La descripción que se da en esta página procede de UNODC, que lleva su registro.

¿A qué problema se dirige AIRCOP?

AIRCOP cubre la vía aérea —pasajeros y carga— y no la vía marítima. Un aeropuerto concentra un número muy elevado de ocasiones de intervenir, todas de muy corta duración, y el problema operativo no es la capacidad de detección sino los pocos minutos disponibles entre la identificación de un pasajero o un envío y su salida.

¿A qué corredores de tráfico se refiere AIRCOP?

A la ruta del Sur, el corredor de África Occidental, el corredor caribeño. Esos corredores y las jurisdicciones que los componen se exponen en la página dedicada a las rutas de la droga.

¿Cuál es la base convencional de este tipo de trabajo?

En el fondo, las disposiciones sobre cooperación entre servicios policiales del Convenio de 1988 y de la Convención contra la delincuencia organizada. Un programa de esta naturaleza no crea ninguna potestad jurídica; construye la capacidad de ejercer potestades que un Estado ya tiene en virtud de los instrumentos que ha ratificado. Esa es la razón por la que la posición convencional inscrita en cada ficha de jurisdicción pesa sobre lo que un programa así puede lograr allí.

¿Sigue en curso AIRCOP?

Este índice no afirma el estado operativo actual de ningún programa que figure en él. Los ciclos de financiación se renuevan más deprisa que las páginas que los describen, y un expediente que afirmara que un programa está activo estaría adelantando una aserción que no podría mantener al día. UNODC es el lugar donde comprobarlo, y el enlace figura en las fuentes al final de esta página.

¿Dónde se aplica AIRCOP?

A las 29 jurisdicciones situadas en los corredores a los que se dirige, cada una de las cuales tiene una ficha aquí. 3 de ellas no llevan ningún texto nacional confirmado frente a un registro citable, y es precisamente ahí donde el refuerzo de capacidades se encuentra con un vacío documental: puede instalarse una unidad conjunta en una jurisdicción cuya ley este conjunto de datos no puede citar. Aquí no se publica ninguna lista de participantes: el índice heredado los afirma y ninguna fuente oficial los confirma, de modo que el alcance que se indica es el de los corredores.

Fuentes

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